Sanciones Económicas
Tipo infractores por gravedad
| N° | Infracción | Sanción Monetaria |
|---|---|---|
| 3.1 | No realizar la segregación o almacenamiento de los RAEE que generan de acuerdo a la naturaleza de cada tipo de residuo. | Hasta 90 UIT |
| 3.2 | No entregar los RAEE a los sistemas de manejo de RAEE de manera directa o indirecta, a través de los operadores de RAEE, de acuerdo a la normativa vigente. | Hasta 100 UIT |
| N° | Infracción | Calificación de la gravedad de la Situación | Sanción no Monetaria | Sanción Monetaria |
|---|---|---|---|---|
| 3 | Incumplimiento de obligaciones de los generadores de RAEE | 3.3 | No incluir la información referida a la generación de RAEE en la declaración anual de manejo de residuos sólidos, de acuerdo al contenido, plazos y forma establecidos en la normativa vigente. | Leve | Amonestación | Hasta 30 UIT |
